normativa envases industriales en España
Real Decreto de Envases y Residuos de Envases 1055/2022
El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases 1055/2022 establece el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
Todos los usuarios de envases comerciales e industriales, hasta ahora exceptuados según la anterior normativa, quedan dentro del ámbito de aplicación de este Real Decreto para todos los envases puestos en el mercado y residuos de envases generados en España, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, hogares, o en cualquier otro lugar, sean cuales fueren los materiales utilizados.
El Real Decreto desarrolla el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) para todos los envases y residuos de envases, de forma que los productores afectados asuman el coste total de la gestión de estos residuos y establece los mecanismos para incrementar la transparencia en la información de envases y residuos de envases y un adecuado seguimiento y control de las obligaciones sobre puesta en el mercado de productos y gestión de sus residuos por parte de los productores de productos y organizaciones del sector.
Todos los productores de producto deberán tener un sistema individual (SIRAP) o colectivo (SCRAP) para financiar los costes de recogida, gestión, tratamiento, etc., respecto de los envases que comercialicen.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 1055/2022, todas las empresas envasadoras e importadoras, españolas o extranjeras, que utilizan envases y embalajes industriales y comerciales para transportar y vender sus mercancías en el mercado español deben hacerse cargo de la financiación y gestión de los residuos de envases que se generan al vender sus productos. Para ello se crea la sección de envases en el Registro de Productores de Producto, en el que todos los productores deberán inscribirse y al que deberán remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases, la gestión de sus residuos y la gestión financiera de los sistemas.
DIFERENTES ROLES DE LA EMPRESA EN EL REAL DECRETO 1055/2022
¿Quién es el Productor de Producto?
Es el responsable de la primera puesta en el mercado español de productos envasados que puede ser:

ENVASADOR
Agente económico dedicado al envasado de productos para su puesta en mercado. En el caso de envases de servicio será el comercio físico u online responsable de la venta.
IMPORTADOR/ADQUIRIENTE COMUNITARIO


MARCAS DE DISTRIBUCIÓN
Cuando no se identifique al productor del producto en productos envasados por encargo para otra marca.
PLATAFORMAS COMERCIO ELECTRÓNICO


ENVASADOR
Agente económico dedicado al envasado de productos para su puesta en mercado. En el caso de envases de servicio será el comercio físico u online responsable de la venta.

IMPORTADOR/ADQUIRIENTE COMUNITARIO
Las empresas extranjeras que vendan en España sus productos están obligadas a tener un Representante Autorizado para cumplir por ellas. En caso de no existir este Representante Autorizado será responsable subsidiario el primer comerciante o distribuidor que adquiera ese producto.responsable de la venta.

MARCAS DE DISTRIBUCIÓN
Cuando no se identifique al productor del producto en productos envasados por encargo para otra marca.

PLATAFORMAS COMERCIO ELECTRÓNICO
¿Quién es el POSEEDOR FINAL del residuo de envase?
Es el generador del residuo, la persona física o jurídica que está en posesión de los residuos de envase y es titular de los mismos.
¿PUEDO SER AMBOS?
Sí porque soy Productor del Producto por los productos que vendo y soy poseedor final del residuo de envase porque genero residuos de envase de los productos que consumo en mis procesos productivos.
Es Productor de Producto

- Informar, financiar y organizar la recogida y tratamiento de los envases y residuos de envases que pone en el mercado.
- Adecuar los envases a determinados requisitos de fabricación, diseño y marcado.
- Adoptar planes de prevención y ecodiseño.
- Adoptar medidas para cumplir objetivos de recogida, reciclaje prevención y reutilización.
- Recabar de los fabricantes e importadores, o adquirientes intracomunitarios, de envases vacíos la información de composición.
- Notificar e informar, periódicamente, a la Administración de los tipos y las cantidades de envases puestos en el mercado.
- Inscribirse en el Registro de Productores.
- Incluir en facturas el nº de inscripción en el Registro de Productores.
- Constituir un SIRAP o adherirse a un SCRAP, como Cartón Circular.
- Establecer un SDDR para envases reutilizables.

LAS INDUSTRIAS PUEDEN TENER AMBOS ROLES Y DEBEN CUMPLIR LAS OBLIGACIONES POR CADA UNO

Es Poseedor Final de Residuos

- Separar los residuos de envase por material (plástico, cartón,madera, férricos y no férricos) y por su peligrosidad.
- Entregar a gestores autorizados los residuos de envases bajo los códigos LER del grupo 15.
- Tener previsto un circuito de retorno para los envases reutilizables que use/reciba acordado con su proveedor.
Con Cartón Circular, el poseedor final cumple con sus obligaciones a través de un acuerdo por el que facilita información en cuanto a la trazabilidad y gestión de sus residuos de envases. Pero es y será el poseedor final, en todo momento, quien escoge su modelo de gestión de residuos de envases y al gestor con el que haya llegado a un acuerdo.
FECHAS CLAVE
- Antes del 28 de febrero:Declaración a Cartón Circular por la puesta en mercado de:- de los envases del año anterior. - previsión del año en curso.
- Antes del 31 de marzo:Declaración de envases puestos en mercado en el año anterior en el Registro de Productores.
- Antes del 1 de octubre:- El SCRAP informará de las tarifas aplicables para el siguiente año. - Los adheridos que decidan abandonar el SCRAP, deberán informar al sistema de origen.
- A partir del 1 de octubre:Modificar en el Registro de Productores de Producto el SRAP, durante el último trimestre del año.
